4.3.3 Modificación de la distancia entre ejes
La modificación de la distancia entre ejes en vehículos con control electrónico de tracción (ESP) no es admisible.
Las prolongaciones de la distancia entre ejes se deben realizar con el valor de serie más largo. En las modificaciones de la distancia entre ejes se emplea el valor de serie mayor siguiente y se acorta. La unión se debe reforzar con zapatas de chapa.
No se permiten variaciones de la distancia entre ejes por medio del desplazamiento del eje posterior.
No se permiten uniones en las zonas de:
- Puntos de apoyo de cargas
- Apoyo y suspensión de los ejes
- Cambios de perfil (curva del bastidor, inicio del bastidor)
Tras la modificación de la distancia entre ejes se debe reforzar el chasis con un bastidor auxiliar a lo largo.
Momento de resistencia necesarios para el bastidor auxiliar:
- Hasta una distancia entre ejes de serie máx. de 30 cm3.
- Aumentar por encima de la distancia entre ejes de serie máx. en al menos un 15%.
Mediante la modificación de la distancia entre ejes se obtienen nuevos valores de radio de giro y pesos.
Las modificaciones de la distancia entre ejes, que están dentro del intervalo entre la distancia entre ejes de serie inferior y superior, no se tienen que presentar para su autorización.